11/11/2020
Hay que recordar la presentación ante la Agencia tributaria, del modelo 583 IVPEE (Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica).
El IVPEE se trata de un impuesto que grava el valor de la producción de energía en un 7%.
Sólo es aplicable para las Instalaciones Solares de «Conexión a Red», es decir, sólo las instalaciones solares con Venta de energía tienen que tributar por la energía vertida a la Red eléctrica (quedan excluidas del pago de este impuesto las instalaciones de Autoconsumo acogidas a compensación de excedentes).
El RD15/2018 establece la suspensión de este impuesto durante el 4º trimestre de 2018 y el primer trimestre de 2019. De manera que los ingresos devengados el 1º trimestre de 2019 NO estarán sujetos al IVPEE.
En caso de que el importe percibido por la generación de electricidad en 2019 de todas sus instalaciones en conjunto NO hayan superado los 500.000€, les recordamos, deberán de realizar las siguientes actuaciones:
- PAGO FRACCIONADO MOD 583 3T 2020: un sólo pago fraccionado, el que se liquida del 1 al 20 de Noviembre del 2020 por los ingresos de las facturas de producción de enero a septiembre inclusive del año 2020.
- AUTOLIQUIDACION MOD 583 0A 2019: entre el 1 al 30 de noviembre del 2020 del año natural siguiente al del ejercicio que se trate, es decir, por los ingresos de las facturas de producción del 2019, descontando los pagos fraccionados realizados el año pasado.
Si el pago se hace mediante domiciliación bancaria, el plazo máximo de presentación será de 5 días antes: Para el pago fraccionado hasta el 15 de Noviembre y para la autoliquidación hasta el 25 de noviembre 2020.
Normativa que regula este impuesto:
BOE la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, con un impuesto para la producción fotovoltaica del 7% del que se excluye a las instalaciones fotovoltaicas de Navarra de menos de 100 kW.
BOE la Orden HAP/703/2013, de 29 de abril, por la que se aprueba el modelo 583 del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, Autoliquidación y Pagos Fraccionados.