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¿Qué es el Veri*factu y qué implicaciones tiene?

06/11/2025

La Agencia Tributaria ha empezado a enviar cartas informativas recordando que, a partir de 2026, todas las empresas y autónomos deberán adaptar sus sistemas de facturación al Real Decreto 1007/2023 que regula los requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF).

¿QUÉ ES EL VERI*FACTU?
  • Es el nuevo sistema de facturación desarrollado por la Agencia Tributaria con el objetivo de garantizar que cada factura quede registrada en el momento que se emite.
  • Esto implica que cada factura deberá ser íntegra, inviolable y trazable desde su emisión, de manera que el proceso de facturación sea completamente transparente y eficaz para combatir el fraude fiscal.
¿QUÉ IMPLICACIONES TIENE?

A partir de 2026, todos los programas de facturación deberán:

  • Generar facturas en un formato seguro e inalterable.
  • Incorporar un código QR y una huella digital (hash) que identifique cada factura.
  • Conservar los registros y garantizar la trazabilidad, integridad y autenticidad.

El objetivo es evitar manipulaciones, facturas posteriores o alteraciones en las mismas.

¿QUÉ MODALIDADES EXISTEN?

Desde 2026, todas las facturas deberán emitirse conforme al Real Decreto 1007/2023. Esto puede hacerse de dos formas:

  1. Sistema VERI*FACTU de la AEAT: envía automáticamente las facturas en el momento de su emisión. Permite a la Agencia Tributaria tener acceso directo a la información, reduciendo requerimientos y comprobaciones posteriores.
  2. Sistema NO VERI*FACTU: en este caso el proveedor del software de facturación deberá emitir una declaración responsable, garantizando que el programa cumple con los requisitos técnicos exigidos.  En el caso de optar por esta opción, los datos no se envían automáticamente a Hacienda, pero deben conservarse íntegramente conforme a la normativa.
PLAZOS DE ENTRADA EN VIGOR
  • Empresas que tributen por el Impuesto sobre Sociedades: 1 de enero de 2026
  • Autónomos y entidades en atribución de rentas (IRPF): 1 de julio de 2026
CASOS PARTICULARES Y OPCIONES

No todas las empresas tienen las mismas necesidades ni volumen de facturación, por lo que la elección del sistema más adecuado dependerá del perfil de cada contribuyente, ya que para un número elevado de facturación esta aplicación no dispone de funcionalidad que sí omtienen otros sistemas.

La AEAT ha puesto a disposición la plataforma gratuita desde este mes de octubre, para aquellos que emitan un número reducido de facturas.

Por otro lado, aquellas empresas que tengan un mayor volumen de operaciones podrán optar por un software de facturación adaptado o por adherirse voluntariamente al (SII) Suministro Inmediato de Información, ya que las entidades incluidas en el SII quedan expresamente excluidas del RRSIF (Reglamento de Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación).

Además, si el contribuyente cumple con los requisitos para optar a la subvención del Kit Digital, ésta podrá utilizarse para la implantación o adaptación del software de facturación.

¿QUIÉNES QUEDAN EXCLUIDOS DE SU APLICACIÓN?
  • Contribuyentes incluidos en el SII (Suministro Inmediato de Información).
  • Empresas sometidas al Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP) Empresas en el Régimen Especial del Recargo de Equivalencia, salvo que deban emitir factura.
  • Aquellas que con carácter general no estén obligadas a emitir factura.
  • Aquellas empresas cuyo domicilio fiscal esté en País Vasco o Navarra, ya que cuentan con sistemas similares al VERI*FACTU (como TicketBAI).

CONCLUSIÓN

El sistema VERI*FACTU supone un cambio en la forma en la que Hacienda controlará la facturación. Este último trimestre del año es clave para revisar los procesos y confirmar que el software utilizado está adaptado a la nueva normativa.

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