16/03/2020
El pasado 1 de marzo entró en vigor la modificación del modelo 349, de declaración recapitulación de operaciones intracomunitarias, y al registro de operaciones de bienes en consigna, con efectos en el modelo correspondiente al mes de febrero, cuya presentación se realiza en marzo.
La modificación del modelo 349 afecta a los operadores intracomunitarios que tengan la obligación de realizar la declaración de operaciones entre Estados miembros de la Unión Europea y que, además, tengan operaciones de bienes en consigna.
Esta modificación tiene por objeto simplificar este tipo de operaciones y reducir las cargas administrativas para los operadores que suscriben tales acuerdos intracomunitarios.
Para hacerlo, se han creado nuevas claves tanto para el registro de operadores como para el registro de rectificaciones intracomunitarias.
También se han creado nuevos campos para que, en el caso en que se produzca una sustitución del destinatario inicial en el marco de ventas de acuerdo de bienes en consigna, el destinatario que lo sustituya pueda ser identificado a través de su NIF y su razón social o apellidos y nombre.
Con la modificación desparece la presentación anual del modelo 349 con aplicación desde el ejercicio 2020. Por lo que en enero de este año fue presentada la última de las declaraciones anuales, la correspondiente a 2019.
Dado que la entrada en vigor de la modificación surte efecto a partir del 1 de marzo de 2020, el modelo 349 de enero ha debido presentarse según el modelo existente hasta el día 29 de febrero, pero, en el supuesto de tener que presentar declaraciones extemporáneas, complementarias y/o sustitutivas, deberán de realizarse según el modelo vigente a partir de la modificación.