
13/02/2025
El reciente incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en España a 1.184 €/mes (16.576 € anuales en 14 pagas) tiene implicaciones fiscales significativas para los trabajadores, especialmente en relación con la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
A diferencia de años anteriores en los que se alienaban los límites exentos de tributación en IRPF con cada subida del SMI, en esta ocasión no se ha modificado dicho umbral, lo que supone un cambio relevante para muchos contribuyentes.
Obligación a declarar:
Según el artículo 96 de la Ley 35/2006 del IRPF, están obligados a presentar la declaración los contribuyentes que superen determinados límites de ingresos, diferenciando entre los siguientes casos:
- Un solo pagador: límite exento de 22.000 € anuales.
- Dos o más pagadores: límite de 15.876 € anuales si el segundo pagador supera los 1.500 €.
El incremento del SMI hasta 16.576 € anuales significa que aquellos trabajadores con más de un pagador podrán verse obligados a presentar la declaración de la renta, ya que superan el umbral exento de 15.876 €.
En cambio, quienes perciban el SMI de un solo pagador no estarán obligados a declarar, al no superar el límite de 22.000 €
Implicaciones fiscales:
Esta obligación sí puede implicar un mayor pago de impuestos, ya que parte del SMI supera al umbral exento de IRPF, por lo que parte de los ingresos que antes no tributaban ahora estarán sujetos a IRPF, pero además tendremos que tener en cuenta otros factores como:
- Las retenciones aplicadas durante el año.
- Las circunstancias personales y familiares del contribuyente.
- La posibilidad de aplicar deducciones y reducciones fiscales.
Otros supuestos que obligan a presentar la declaración:
Además de los límites de ingresos de rendimientos del trabajo, existen otras situaciones que pueden obligar a presentar la declaración del IRPF, como recibir prestaciones por desempleo), querer aplicar deducciones fiscales (por vivienda habitual, planes de pensiones, etc.) o haber obtenido rentas adicionales (dividendos, intereses, alquileres, ganancias patrimoniales), etc.
La normativa podría modificarse antes del inicio de la campaña de la Renta. Se recomienda estar atento a posibles actualizaciones oficiales que puedan afectar la obligación de declarar o consultar con un asesor fiscal.