13/01/2025
El cierre contable y fiscal del año es un proceso clave para garantizar que las cuentas de la empresa reflejen de manera precisa su situación financiera y cumplan con las obligaciones legales y tributarias.
Para facilitar este procedimiento, hemos preparado un recordatorio con los pasos esenciales que se deben seguir para cerrar el ejercicio de forma ordenada, eficiente y sin sorpresas de último momento.
REVISIÓN DE SALDOS CON PROVEEDORES |
• Solicitar a los principales proveedores una relación de facturas emitidas durante el ejercicio y conciliar sus registros con los propios. • Detectar posibles facturas pendientes de contabilizar para registrar el gasto en el ejercicio correspondiente. Si existe derecho a deducción, se podrá deducir el IVA soportado. |
|
CONTROL DE CUENTAS POR COBRAR |
• Evaluar las cuentas incobrables y realizar provisiones para reflejar la realidad financiera de la empresa. |
|
CONCILIACIÓN BANCARIA |
• Realizar una conciliación detallada de todas las cuentas bancarias. • Asegurarse de que los saldos al 31 de diciembre coincidan con los extractos bancarios. |
|
REVISIÓN DE INVENTARIOS |
• Llevar a cabo un inventario de existencias al cierre del ejercicio y compararlo con los registros contables para reflejar el valor real de las existencias en el balance. |
|
AMORTIZACIONES Y PROVISIONES |
• Revisar que las amortizaciones de activos fijos estén correctamente registradas de acuerdo con la normativa aplicable. • Identificar y registrar provisiones necesarias, como, por ejemplo, provisión por deterioro de activos. |
|
PROYECCIÓN FISCAL |
• Realizar una estimación del Impuesto sobre Sociedades para prever las obligaciones fiscales. • Aprovechar las deducciones y bonificaciones fiscales disponibles para optimizar la carga tributaria. • Verificar las retenciones practicadas durante el año y compararlas con los pagos realizados, ya que se descontarán del Impuesto de Sociedades en caso de que resulte a pagar, o en caso contrario, solicitar la correspondiente devolución. |
|
BENEFICIOS FISCALES APLICABLES |
Es recomendable asesorarse con un profesional fiscal para identificar los beneficios fiscales específicos que pueden aplicarse en cada caso particular, como, por ejemplo: • Deducción por I+D+I • Deducción por creación de empleo • Deducciones por empresas de nueva creación • Incentivos por sostenibilidad asociados a inversiones en energías renovables o proyectos de eficiencia energética. |
|
FECHAS CLAVE PARA EL CIERRE |
El cierre contable debe realizarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo, para los ejercicios económicos que van del 1 de enero al 31 de diciembre. |
|